XVIII Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Consultoría, de Tecnologías de la Información y Estudios de Mercado y de la Opinión Pública a falta de su publicación en BOE, firmado el pasado 25 de Abril
Tablas salariales adecuadas al nuevo SMI y que se revisarán con cada subida de éste. Además, se acuerda un diferencial mínimo de 80 euros entre cada categoría profesional actualizada, con la inmediatamente superior (y ésta con la siguiente y así sucesivamente), tras la adecuación.
Eliminación del nivel E3 (el más bajo) en todas las áreas. Esta eliminación, sumada a la adecuación al SMI supone ya, para 2023, un incremento del 33% en tablas para los salarios mínimos del convenio. Además, se acuerda que el complemento personal para estas categorías (absorbible) pase a formar parte del salario base y plus de convenio (no absorbibles) posibilitando así el cobro real de los trienios de antigüedad en estos grupos profesionales.
Subidas salariales del 5,5% medio en 2022 (retroactivo desde el 1 de julio), 2,5% en 2023 y 2% (sobre tablas actualizadas al SMI del RD 99/2023 del 14 de febrero) en 2024.
Se establece una subida automática del nivel E2 al E1 (con su correspondiente incremento salarial) a los 3 años de experiencia en el área de programación.
Se actualizan las dietas y el kilometraje tras 18 y 21 años sin revisiones:
Kilometraje: Incremento de un 32% (hasta los 0,25€/km). En área de Estudios de Mercado 0,22€/km desde 1/01/23 y 0,23€/km a partir del 1/01/24.
Dietas: Incremento del 5,35% hasta los 55€. Para los Jefes de Zona, Inspector-Entrevistador y Entrevistador-Encuestador actualización a 38,55€.
Nueva clasificación profesional en 5 Áreas (una más que ahora). El actual Área 3 se divide en 2: Área de Programación (se queda como Área 3) y Área de Consultoría (pasa a denominarse Área 4). Se crea una nueva para el CAU.
Teletrabajo: Se regula y se garantiza una compensación mínima de gastos de 17€/mes (mejorable por acuerdo colectivo con la RLPT en cada empresa).